Nota Indicativa Sobre el proceder metodológico a seguir en la ubicación de jóvenes a la Tarea Socialmente Útil en la provincia Ciego de Ávila. Período de Ingreso 2022

Según la RM 119 del 2021 Capítulo IX CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LA TAREA SOCIALMENTE ÚTIL. Artículo 184.1. Los jóvenes con plaza otorgada en la Educación Superior, declarados no aptos para el SMA y los aptos que no sean llamados por diferentes motivos, cumplirán una tarea socialmente útil como requisito imprescindible antes de incorporarse a los estudios universitarios.

La Comisión de Ingreso Provincial recibirán de los comités militares la relación nominal de estos jóvenes, especificando los que son No Aptos y los Aptos no reclutados.

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